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Si bien no es algo que suele ocurrir, puede darse el caso de que se presente un accidente de coche cuando es dejado en un taller mecánico. Es decir, que una vez que el propietario del rodado lo coloca bajo el resguardo del profesional para su reparación, éste circula por la vía con el mismo. A los fines de verificar que los desperfectos fueron arreglados. No obstante, tal acción puede desembocar en un siniestro vehicular.
En este sentido, dejar el vehículo a motor a cargo del mecánico, da lugar a diversas obligaciones que éste asume y debe cumplir. Por lo que no es descabellado considerar que si ocasiona un accidente de tráfico mientras probaba el vehículo en la vía, deba hacerse responsable de los daños ocasionados a terceros. Tanto en lo que respecta a los materiales, como a los físicos. Todo ello en concepto de indemnización por accidente.
Pese a lo antes dicho, existen posiciones contra puestas referente al tema en cuestión, por lo que el Tribunal Supremo, mediante sentencia, proporcionó una postura firme en dicho asunto.
¿Qué dice la sentencia emanada del Tribunal Supremo?
Antes de entrar de lleno en la decisión tomada por el Tribunal Supremo, es preciso poner en contexto la situación que dio lugar a la misma.
El asunto inició, después de que el encargado de un taller mecánico, al usar el vehículo propiedad de la clienta para constatar la efectividad de las reparaciones efectuadas, causó un accidente. A consecuencia de esto, se provocaron lesiones y daños, los cuales terminaron siendo indemnizados por la aseguradora de la propietaria del rodado.
Seguidamente, la compañía aseguradora intentó acciones legales contra el taller mecánico, con el objetivo de obtener la cantidad cancelada previamente a la víctima lesionada.
A este respecto, el Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda, y sostuvo que la responsabilidad del accidente de tráfico recaía en el mecánico que conducía el vehículo. Debido a que a la misma se desplaza, de conformidad con lo establecido en el artículo 1903 del Código Civil, el cual reza lo siguiente:
“La obligación que impone el artículo anterior es exigible no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.
[…]
Lo son igualmente los dueños o directores de un establecimiento o empresa respecto de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de los ramos en que los tuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones…”
No obstante, la Audiencia Provisional revocó la sentencia, previa apelación de la aseguradora del dueño del taller. La misma consideró que el gerente carecería de responsabilidad en el accidente. Por cuanto había sido autorizado por el propietario del vehículo para realizar las pruebas de la reparación, mediante la circulación del coche en la vía pública. Adquiriendo, en consecuencia, la condición de conductor asegurado por la Compañía de Seguros del vehículo.
Ahora bien, el Tribunal Superior, en sentencia Nro. 640/2014 de 4 de noviembre de 2014, anuló la decisión emanada de la Audiencia Provisional. Confirmando, en el mismo acto, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia. Sosteniendo que, aun habiendo dejado el vehículo en el taller, lo cual autorizaba a comprobar las reparaciones mediante la conducción del mismo, no había autorizado a una persona específica. Por lo que mal podría considerarse que esta adquiriese la condición de asegurada por el seguro obligatorio del coche.
En este sentido, el taller mecánico, y la aseguradora de este, tienen la condición de terceros responsables de los daños. Por lo que la Compañía de Seguros de la propietaria del vehículo, puede realizar la acción de repetición contra estos. Respecto a la indemnización pagada a la víctima del siniestro. Tal como lo contempla el artículo 10, literal b, de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor:
“El asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir:
[…]
b) Contra el tercero responsable de los daños…”.
Derechos del propietario del vehículo afectado
En un caso como el mostrado anteriormente, la sentencia nro. 640/2014 de 4 de noviembre de 2014, resulta una base fundamental para el propietario del vehículo afectado. Principalmente, porque podría demandar al dueño del taller donde dejó su coche, por los daños materiales sufridos por este, tras el accidente. En los que podría incluir, además, los perjuicios morales provocados por toda la situación en general.
En este sentido, en el marco de la sentencia antes mencionada, la cual forma parte fundamental de la jurisprudencia, los derechos del propietario están protegidos. Esto, en lo que respecta a las consecuencias de los accidentes de tráfico causados por el uso que hicieren terceros del vehículo de su propiedad. Sin importar que hayan sido autorizados por éste.
La indemnización de la víctima del accidente de tráfico
En cuanto a las indemnizaciones que correspondiesen a la víctima del accidente provocado por el coche dejado en un taller, deberán ser otorgadas por la aseguradora del responsable. Que sería en este caso, la del vehículo causante del siniestro vehicular. No tendrá ningún efecto sobre su derecho a reclamar una compensación, las disputas que se presentasen más adelante. Siempre que giren en torno a un caso similar al contenido en la sentencia 640/2014 de 4 de noviembre de 2014.
Preguntas frecuentes
Si tiene alguna duda referente al tema que se desarrolló, puede revisar las siguientes preguntas, junto a sus respuestas. Si lo que desea es una asesoría legal directa, le invitamos a que revise el número que se encuentra en la página web, y se ponga en contacto con nuestra firma de abogados.
¿Qué implicaciones trae la sentencia 640/2014 de 4 de noviembre de 2014, en el marco de la responsabilidad civil en accidente de coche en el taller?
La sentencia marca un punto de partida importante para la determinación de la responsabilidad en un accidente de coche en el taller. Por lo que, desde su existencia, se consideran terceros responsables de los daños, al dueño del negocio y a su aseguradora. Cuando, al usar el vehículo del cliente para comprobar las reparaciones, se causa un accidente de tráfico. Aunque se entienda que el propietario del vehículo dio autorización para usarlo en la vía pública.
¿Puedo demandar al dueño del taller mecánico si, a raíz de la conducción de mí vehículo para corroborar las reparaciones, causó un accidente de tráfico?
Cuando el gerente, o cualquier dependiente del taller mecánico, use el vehículo del cliente para corroborar las reparaciones, y cause un siniestro vehicular, responderá por los daños. Bajo esta premisa, es viable considerar que el propietario del coche pueda demandar al dueño, o a la aseguradora del negocio, para así obtener la indemnización correspondiente. Bien por el deterioro sufrido en su coche, o por el perjuicio moral provocado.
Tal conclusión surge del análisis del contenido de la sentencia 640/2014 de 4 de noviembre de 2014, emanada del Tribunal Superior.
Si fui lesionado en un accidente de coche causado por un vehículo depositado en un taller mecánico ¿Podré reclamar una indemnización?
Sí, siempre que no sea el responsable, en su totalidad, del accidente de tráfico, podrá reclamar una indemnización.