Baremos de indemnización por accidentes de tráfico

Baremos de indemnización por accidentes

Para el cálculo de las indemnizaciones por accidente, bien sea por accidente de tráfico o laboral, se requiere de uno baremos. Estos tienen como función, fijar las sumas que recibirán aquellas personas que sufran lesiones. Las cuales pueden desembocar en una incapacidad permanente (conocida también como secuela), o una temporal.

Así mismo, los baremos reciben cada año una actualización en cuanto a los montos que deben percibir las víctimas lesionadas. En ocasiones, esto es un poco complejo de entender, por lo que contratar a un abogado especialista en accidentes, le será de gran ayuda.

Aspectos a tener presente para la valoración de las indemnizaciones según los baremos

Para la valoración de las indemnizaciones, se debe tener presente, sus tipos y los individuos que pueden recibir la compensación:

Tipos de indemnizaciones

Conforme a los baremos previamente estudiados, solo existen tres tipos de indemnizaciones, a saber:

Sujetos que pueden recibir las indemnizaciones

Los únicos que pueden recibir una indemnización por un accidente, son los siguientes:

  • Víctima lesionada por el accidente.
  • La persona superviviente, cuando sea una pareja de hecho o cónyuge viudo/a.
  • Las categorías de perjudicados tras la muerte de la víctima del accidente, según los baremos.
  • Familiares de las víctimas que sufran grandes lesiones, o que fallezcan a causa del accidente. Todos estos tienen derecho a reclamar y recibir una indemnización por los gastos generados por los tratamientos médicos y psicológicos. En este último caso, será aplicable solo por 6 meses.

¿Cómo se utiliza el baremo de accidentes?

El baremo a usar dependerá de la fecha de la estabilización o total sanación de las lesiones sufridas en el accidente de tráfico. Si una persona es lesionada en el año 2018, y se estabiliza en el 2019, se aplicará el baremo de ese último año.

En vista de que el baremo de 2016 trajo consigo innumerables cambios, resulta necesario contar con un abogado especialista en indemnizaciones por accidentes de tráfico. Este es un gran conocedor del mismo, por lo que cuenta con la experiencia necesaria para usarlo y obtener a su favor una sustanciosa compensación.

Baremo de accidentes del año 2020

En la actualidad, para el pago de los días de incapacidad temporal que sufra la víctima lesionada, se usa el baremo del año 2020. El mismo tiene una tabla donde figuran los montos que esta puede recibir, dependiendo del perjuicio que se le provocó. A continuación, se mencionarán los montos que debe recibir diariamente, según sea el caso:

  • Perjuicio personal básico: 31,32 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 54,30 euros.
  • Perjuicio personal graves: 78,31 euros.
  • Perjuicio personal muy grave: 104,42 euros.

Ahora bien, el cálculo de la indemnización por accidente de tráfico, no es una tarea fácil. Principalmente, porque se debe tener la certeza de cuál es el perjuicio personal que sufre la víctima lesionada en un momento dado.

En este sentido, si el lesionado tarda 6 meses en recuperarse totalmente, se tomarán en cuanta todos los días y el tipo de perjuicio sufrido. Al ser un período extenso, este último puede variar, de modo que podrían concurrir diversos perjuicios en un solo cálculo de indemnización por el siniestro.

Por esta razón, nuestro equipo de abogados, siempre aclara las dudas a los clientes respecto al tema en cuestión, y lo hace de este modo:

  • El perjuicio personal básico: Se toma como una baja médica, y se contará cada día.
  • El perjuicio personal moderado: Corresponde a los días de baja laboral.
  • El perjuicio personal grave: Abarca cada día que el lesionado pasa hospitalizado.
  • El perjuicio personal muy grave: Se refiere a cada uno de los días en el que el lesionado se encuentra en la unidad de cuidados intensivos.

Entonces, si la víctima lesionada se recupera en 8 meses, entre enero y agosto, fácilmente pueden transcurrir 10 días en la unidad de cuidados intensivos. Luego 30 días hospitalizada, 150 días por baja laboral y los demás en tratamientos de fisioterapia para una óptima sanación.

Lo mencionado anteriormente arroja el siguiente cálculo de indemnización:

  • Perjuicio personal muy grave: 10 días x 104,42 euros= 1.044,2 euros.
  • Perjuicio personal grave: 30 días x 78,31 euros= 2.349,3 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 150 días x 54,30 euros= 8.145 euros
  • Perjuicio personal básico: 54 días x 31,32 euros= 1.691,28 euros

La suma de estos montos da un total, por concepto de indemnización por incapacidad temporal, de: 13.229,78 euros.

Baremos anteriores al año 2020

Antes de la entrada en vigor del baremo actual, todas las cuantías de las indemnizaciones por accidentes, devenían de otros, que a continuación mencionaré:

Baremo de accidentes del año 2019

Este baremo solo subió, en cuanto a las indemnizaciones, 1.65% en comparación con el del año 2018. De modo que los montos a ser pagados diariamente a las víctimas por incapacidad temporal, tras un accidente de tráfico, son las siguientes:

  • Perjuicio personal básico: 31,05 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 53,81 euros.
  • Perjuicio personal grave: 77,61 euros.
  • Perjuicio personal muy grave: 103,48 euros.

Tal como ocurre en el baremo del año 2020, cada uno de los perjuicios a pagar dependerán del estado en el que se encuentre la víctima lesionada.

Se reputará como días de perjuicio personal básico, a aquellos en los que se encuentre en baja médica y rehabilitación. En el moderado, los que esté de baja laboral.

Los días de perjuicio personal grave, serán aquellos que transcurran mientras el lesionado esté hospitalizado. Los muy graves corresponderá a los que pase en la unidad de cuidados intensivos (UCI).

Baremo de accidentes del año 2018

En el baremo del 2018, primero se produjo un ínfimo incremento de 0.25% basado en las pensiones. No obstante, poco después se decidió aumentar tal cifra a 1.6%, por lo que las indemnizaciones por lesiones temporales quedaron fijadas de la siguiente manera:

  • Perjuicio personal básico: 30,56 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 52,96 euros.
  • Perjuicio personal graves: 76,38 euros.
  • Perjuicio personal muy grave: 101,85 euros.

El mencionado baremo será aplicable a aquellos accidentes de tráfico o laborales que se hayan originado en el mes de agosto de 2017, hasta 2018. De modo que, si se encuentra en este rango, podrá reclamar una indemnización de acuerdo a lo estipulado en el mencionado instrumento legal.

Baremo de accidentes del año 2017

En este, el aumento fue muy poco, pues, desde la entrada en vigor del baremo del año 2016, las cuantías serían actualizadas de forma diferente. Las mismas ya no se basarían en el Índice de precios al consumo (IPC), si no, en el de revalorización de las pensiones, publicadas anualmente. Tal como puede evidenciarse en el artículo 49.1 de Ley 35/2015, de 22 de septiembre que reza lo siguiente:

Artículo 49. Actualizaciones:

“1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo, la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.

3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación”.

Las indemnizaciones fijadas en el baremo del año 2017

Si una persona sufrió un accidente, cuyas lesiones sanaron totalmente o se estabilizaron en el 2017, se aplicará la actualización del baremo del año 2016. La cual se basa en el índice de revalorización de las pensiones.

Por esta razón, las indemnizaciones diarias que debe recibir el lesionado, por incapacidad temporal tras un accidente, son las que de seguida se expondrán:

  • Perjuicio personal básico: 30,075 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 52,13 euros.
  • Perjuicio personal graves: 75,18 euros.
  • Perjuicio personal muy grave: 100,25 euros.

Además, la actualización, conforme a lo estipulado en el artículo 49 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, será aplicada también a las secuelas. Sin embargo, no en los casos de invalidez y lucro cesante.

Baremo de accidentes del año 2016

Con el baremo del año 2016, se instauró un nuevo sistema de valoración de los daños y perjuicios causados en accidentes de tráfico. Lo que significó un aumento considerable en las indemnizaciones por fallecimiento y lesiones permanentes (secuelas).

Adicionalmente, se estableció un cambio en cuanto a los individuos perjudicados en un accidente de tráfico. Por lo que ahora, además de considerarse a la víctima del siniestro como tal, también lo serán sus familiares, cuando muera a causa de este. Igualmente, el/la cónyuge viudo/viuda y la pareja de hecho superviviente.

El baremo del año 2016 implementó un beneficio para los familiares de los lesionados que sufran heridas muy graves tras un accidente de tráfico. El mismo consiste en una compensación económica que recibirán por todos aquellos gastos médicos que se generaron, así como por los tratamientos psicológicos que requieran. Lo mismo aplica en caso de que la víctima fallezca como consecuencia del siniestro.

¿Existen baremos antes del año 2016?

Antes de la entrada en vigor del baremo del año 2016, se usaban unos que datan del año 1995 hasta el 2015. Estos últimos poseen un sistema de valoración muy diferente al primero, pues se basan en el índice de precios de consumo (IPC).

Ahora bien, en los baremos de los años 1995 hasta 2015, se indemnizaba por el fallecimiento, lesiones permanentes y temporales. Adicionalmente, recogían los conocidos días impeditivos y no impeditivos que, en la actualidad, no son usados.

Dudas o preguntas frecuentes

Si tienes alguna duda respecto del tema, aquí tienes una lista de preguntas frecuentes que pueden serte de utilidad. Si no puedes resolver tu inquietud, puedes ponerte en contacto con nosotros.

¿Existe alguna indemnización por fallecimiento en el baremo?

Sí, el baremo establece indemnizaciones en caso de que una persona muera a causa de un accidente de tráfico. Las compensaciones que deriven de este hecho, podrán ser cobradas por sus herederos, pero se supeditará a la edad de la víctima y la de estos. Igualmente, dependerá del círculo familiar que posea.

Las indemnizaciones por causa de muerte, se extienden, según sea el caso, a la siguiente categoría de perjudicados:

  • El cónyuge viudo.
  • Los ascendientes.
  • Los descendientes.
  • Los hermanos.
  • Los allegados.

Así mismo, dependiendo de la condición de algunos familiares, la indemnización podría aumentar considerablemente. Por ejemplo, si la víctima fallecida solo poseía un hijo, o un padre/madre. Lo mismo aplica si la persona que muere, se encontraba embarazada.

El cobro de este tipo de compensación dependerá del profesional del derecho que asista al perjudicado, pues las sumas pueden variar considerablemente. Sin embargo, nuestro despacho de abogados especialistas en indemnizaciones por accidentes de tráfico, maneja una media entre 120.000 y 180.000 euros. Monto que aplicará en los casos mencionados en el párrafo anterior.

La compañía aseguradora no me está pagando completo los días de perjuicio básico ¿Por qué?

Porque la misma vela por sus propios intereses, y siempre buscará la forma de pagar la menor cantidad posible. Si bien usa el mismo baremo que nuestra firma de abogados, no lo hace en beneficio de la víctima lesionada.

El cálculo de los días de indemnización, se realizará de acuerdo a la situación de la víctima y la estabilización de las lesiones. De modo que, si el lesionado pasó 8 meses en baja médica, pero la compañía aseguradora determinó que se estabilizó en 4 meses, pagará solo este último período.

De allí radica la importancia de contar con abogados especialistas en el área, pues tiene la experiencia necesaria para evitar que dicha injusticia ocurra. Este realizará la reclamación correspondiente para que obtenga la compensación completa, usando como instrumento probatorio, un documento pericial proveniente de un médico especialista privado. En el mismo se determinará el tiempo real en el que se estabilizaron las lesiones.

Conforme al baremo del año 2020 ¿Cuánto pagan diariamente por lesiones temporales?

De acuerdo a lo establecido en el baremo del año 2020, las cuantías a ser pagadas diariamente por lesiones temporales, son las siguientes:

  • Perjuicio personal básico: 31,32 euros.
  • Perjuicio personal moderado: 54,30 euros.
  • Perjuicio personal graves: 78,31 euros.
  • Perjuicio personal muy grave: 104,42 euros.

Entendiéndose que cada una de estas representa la situación del lesionado:

  • El perjuicio personal básico: días de baja médica.
  • El perjuicio personal moderado: días de baja laboral.
  • El perjuicio personal grave: días que el lesionado pasa hospitalizado.
  • El perjuicio personal muy grave: días en el que la víctima lesionada se encuentra en la unidad de cuidados intensivos (UCI).

¿Cómo son actualizadas las cuantías de las indemnizaciones por accidentes?

Antes de la existencia del baremo del año 2016, todas las cuantías de las indemnizaciones usaban como base el índice de precios de consumo (IPC). Sin embargo, en la actualidad, se usa el de la revalorización de las pensiones, lo que implica indemnizaciones por incapacidad temporal medianamente bajas.

Las actualizaciones se realizarán de forma automática el 1 de enero de cada año, y su base, será el índice de revalorización de las pensiones. Tal precepto legal, está estipulado en el artículo 49.1 de Ley 35/2015, de 22 de septiembre.

Con respecto al baremo del año 2020, las cuantías subieron un 0.90%, y tiene su origen en el índice mencionado anteriormente. Cuya cifra está plasmada en el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero.

¿De qué forma se valoran las secuelas en los baremos?

Actualmente, el baremo que contiene los tipos de secuelas, así como todas las lesiones que puede sufrir una persona, posee 507 páginas. En el mismo, se indica el área del cuerpo humano donde puede ocurrir el daño. Por lo que, en caso de sufrir un accidente de tráfico, este será esencial para establecer la indemnización que le correspondería.

Un médico con experiencia en la valoración de daños corporales puede determinar el tipo de lesión que sufre la víctima. Una vez hecho esto, la encajará en el baremo para conocer las puntuaciones correspondientes, y de este modo evaluar la cuantía a cobrar por compensación.

Por otra parte, el baremo es muy extenso por lo que no solo se limita a indicar todas las lesiones funcionales. Además, su contenido abarca el perjuicio estético, y las secuelas psicológicas.

¿Cualquier lesión que sufra una persona en un accidente de tráfico es indemnizable?

Sí, así sean leves, todas las lesiones sufridas en un accidente de tráfico, son indemnizables, siempre y cuando, no haya causado el siniestro. Caso contrario, podría recibir solo un porcentaje de la indemnización, de existir culpas concurrentes, o nada, si fue el responsable en su totalidad. No obstante, el grado de culpabilidad debe ser determinado por un juez, una vez oído los alegatos de las partes involucradas.