En materia de accidentes de tráfico, los informes médicos son sumamente importantes para poder realizar una reclamación de indemnización eficiente. Principalmente, porque el mismo es usado para el cálculo de los montos correspondientes por el concepto antes mencionado, una vez evaluadas las lesiones sufridas en el siniestro.
A este respecto, el informe médico en un accidente de tráfico es un instrumento con el cual muchos profesionales del derecho especializados en el área, deben contar. Debido a que, con el mismo, un perito médico puede determinar el tiempo que tardará la víctima en recuperarse y si tendrá alguna lesión permanente (secuela).
Ahora bien, es importante que todo lesionado en un siniestro vehicular contacte a un abogado privado especializado en la materia, y a un perito médico particular. En el primer caso, porque necesitará de una asesoría jurídica profesional que le haga conocer los derechos que le corresponde. Mientras que, en el segundo, contar con un profesional de la salud ajeno a la aseguradora, le garantizará que tendrá una evaluación objetiva de los daños corporales percibidos.
Dejar que la aseguradora del contrario sea quien determine los tratamientos que debe seguir, y el tiempo de los mismos, es un craso error. Siempre se debe tener presente que esta velará por sus propios intereses. Con lo cual, buscará, por todos los medios posibles, pagar la menor cantidad en indemnizaciones y asistencia sanitaria.
Derecho del paciente al acceso a su informe médico
Conforme a lo establecido en el artículo 20, del Código de Deontología Médica, el paciente tiene derecho a acceder a su informe médico. Por lo que el doctor del centro de salud donde recibió la asistencia sanitaria, sea público o privado, está obligado a proporcionárselo.
Artículo 20:
“1.‐ Cuando proceda o el paciente lo solicita, es deber del médico proporcionar un informe o un certificado sobre la asistencia prestada o sobre los datos de la historia clínica. Su contenido será auténtico y veraz y será entregado únicamente al paciente, a la persona por él autorizada o a su representante legal…”.
¿Qué debe contener el informe médico?
Los informes médicos estás conformados por diferentes segmentos los cuales, dependiendo del uso, serán completamente necesarios. En el caso de solicitar una incapacidad permanente, el precitado documento debe contener lo siguiente:
- El diagnóstico preciso del paciente.
- Los datos personales que identifican al paciente.
- Información de la institución médica.
- La evolución de las lesiones padecidas por el paciente.
- Los diversos tratamientos que ha recibido.
- Las limitaciones que provocarán la lesión o enfermedad padecida.
- La fecha en la que se emite el informe en cuestión.
- El sello de la institución médica, así como la firma y contrafirma del profesional de salud que realiza el informe médico.
Aunado a esto, el lesionado en un accidente de tráfico, debe tener presente que el informe ha de proceder de un especialista de la Seguridad Social. Es decir, de un profesional médico altamente capacitado proveniente de la sanidad pública. De modo que el realizado por un médico de cabecera no será procedente en caso de querer solicitar una incapacidad permanente.
No obstante, si un médico de un centro privado se encarga de realizar el seguimiento completo al paciente, desde el inicio, su informe podría ser válido. Si, por el contrario, ha habido más de un doctor que ha atendido al mismo, el informe que hicieren, no tendría ningún tipo de validez.
Por otra parte, algunos informes médicos, además de incluir lo antes mencionado, también podrían tener lo siguiente:
- Información referente a la exploración física del paciente.
- Las recomendaciones que se le hicieren.
- La razón por la cual el médico tratante hizo el seguimiento al paciente.
- Los antecedentes del paciente.
- Todas y cada una de las pruebas realizadas.
- Las intervenciones quirúrgicas que recibió el paciente.
Una vez constatado que el informe médico contiene todo lo indicado anteriormente, el lesionado está preparado para ir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el mismo podrá introducir dicho documento y esperar pacientemente la respuesta.
Formas de obtener el informe médico
Obtener un informe médico no es una tarea complicada, sobre todo porque el paciente está en su derecho de solicitar el mismo. Sin embargo, existen tres formas diferentes, mediante las cuales puede tener acceso a este:
- Acudir ante el médico especialista que le está atendiendo y realizando el seguimiento sanitario, bien por un control rutinario, o por algún problema de salud.
- Solicitar el informe médico al doctor tratante, una vez haya acudido a la cita concertada para tal objeto.
- Ir a la institución médica correspondiente, y solicitar el informe al departamento de administración.
En el último caso, tendrá que realizarse de este modo solo si así lo establecen las normas del hospital o centro médico donde está siendo atendido el paciente. Una vez sea solicitado el informe, poco tiempo después será entregado.
Vías para reclamar el informe médico en caso de negación
Pese a ser un derecho, amparado por diversos ordenamientos jurídicos vigentes, puede darse el caso de que el centro de salud, público o privado, se niegue a otorgar el informe médico. A este respecto, el paciente puede realizar la reclamación a través de 3 vías diferentes, a saber:
- Reclamar el informe médico mediante burofax.
- Acudir e interponer una denuncia en la Agencia de Protección de Datos.
- Realizar la reclamación judicial.
Reclamar el informe médico mediante burofax
Para dar inicio a la reclamación del informe médico, se tiene que redactar un escrito el cual debe contener lo siguiente:
- Datos personales del individuo que solicita el informe.
- Fecha en la que se redactó el escrito.
- La razón de la reclamación efectuada.
De seguida, el paciente debe acudir a una oficina de correos, y en la misma deberá otorgar el número telefónico del centro médico y la dirección de este. Así mismo, es importante que el burofax contenga una síntesis de lo redactado en el escrito, o, dicho de otro modo, una “certificación de contenido”. El objetivo de esto, es dejar una constancia oficial de la reclamación que se está realizando.
Ahora bien, una vez enviado el burofax, el solicitante deberá aguardar 30 días para que le entreguen el informe médico.
Acudir e interponer una denuncia en la Agencia de Protección de Datos
La regla general, es que el informe médico debe ser entregado al solicitante dentro de los 30 días reglamentarios que tiene el centro médico para hacerlo. No obstante, si pasado tal lapso, el documento aún no se encuentra en poder del mismo, deberá denunciar tal hecho ante la Agencia de Protección de Datos.
Realizar la reclamación judicial
Si ninguna de las vías antes mencionadas resultó satisfactoria, el solicitante del informe médico puede realizar una reclamación judicial. Al existir normas que le otorgan amplios derechos para acceder al precitado documento, un juez será quien decida finalmente lo conducente. Basándose en las leyes que, en definitiva, favorecen al paciente por encima de los intereses implícitos que pudiesen tener las instituciones médicas sobre la solicitud negada.
La importancia del informe médico para solicitar una incapacidad permanente
Aquellas personas que deseen solicitar una incapacidad permanente, deben saber que necesitan un informe médico que acredite la condición necesaria para hacer la solicitud.
En este sentido, ningún médico, sea de un centro de salud público o privado, puede otorgar una pensión por incapacidad permanente. Tal otorgamiento corresponderá únicamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, quien lo hará con la ayuda de su Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
No obstante, son los doctores especialistas que han sido los encargados de darle seguimiento sanitario a los pacientes, los que deben realizar los informes médicos. Pues estos conocen de primera cuenta, las lesiones y enfermedades que padecen y que les imposibilita continuar realizando sus actividades labores y profesionales.
Ahora bien, tales profesionales, tanto de la sanidad pública, como los del ámbito privado, deberá realizar un informe médico de calidad, pues será revisado por el EVI. De modo que, si el mismo es poco eficiente, la incapacidad permanente solicitada por la persona, podría ser negada.
Preguntas frecuentes
Una vez culminado el tema, podrá observar en este apartado una cantidad moderada de preguntas frecuentes, con sus contestaciones. Por lo que, si tiene alguna duda, revise cada una de estas para encontrar una respuesta. Si no la haya, puede igualmente dejar un comentario planteando su caso, o llamarnos a los números que se encuentran en la página web.
¿El informe médico es necesario para poder reclamar una indemnización por los daños sufridos en un accidente de tráfico?
Sí, es una herramienta esencial con la que se debe contar para poder realizar el cálculo de las indemnizaciones que correspondiesen por las lesiones provocadas en un siniestro. Siendo, en este caso, el perito médico, el encargado de evaluar su contenido para establecer el período de tiempo que le tomará al lesionado sanar del todo. O si, por el contrario, sufrirá alguna secuela.
Sabiendo todo lo antes mencionado, se puede determinar el monto justo que deberá recibir la víctima lesionada por concepto de indemnización.
¿Qué debo hacer si el centro de salud público me niega el informe médico solicitado?
Debe realizar una reclamación del informe mediante burofax, en donde deberá indicar el motivo de la solicitud, sus datos personales y la fecha en la que redacto el escrito. Seguidamente llévelo ante una oficina de correos y proporcione el número de contacto y dirección de la institución médica a donde va dirigido. Así mismo, añada una “certificación de contenido”, es decir, un resumen de lo redactado, de este modo le dará una constancia oficial.
Si no se le da una respuesta en 30 días, haga una denuncia en la Agencia de Protección de Datos. Si ninguna de las opciones antes mencionadas funciona, reclame el informe médico por la vía judicial.
¿A quién debo pedirle el informe médico para solicitar una incapacidad permanente?
Debe pedir el informe médico al especialista de la sanidad pública. El emanado de dicho profesional de la salud, es el que se tendrá presente al solicitar una incapacidad permanente.
Sin embargo, el informe médico de un doctor privado se tomará en cuenta cuando haya hecho el seguimiento completo del paciente en todas sus etapas. Es decir, desde que se originó el accidente, hasta la total recuperación de las lesiones o estabilización de las mismas, y conversión en secuelas.