La lumbalgia postraumática o latigazo lumbar no es más que una lesión que causa dolor en dicha zona, y suele manifestarse por movimientos repentinos del tronco. Tal como ocurre en los casos de accidentes de tráfico por alcance.
Ahora bien, el tiempo de sanación de dicha lesión suele durar entre 30 y 100 días, necesitando, en la mayoría de los casos, tratamiento de rehabilitación y fisioterapia.
Así mismo, todas aquellas personas que sufran este tipo de lesiones en un accidente, tienen derecho a reclamar una indemnización, similar a la del latigazo cervical, al responsable del mismo. No obstante, la mayoría de las compañías aseguradoras buscan la manera de pagar sumas muy bajas por dicho concepto.
Si bien estos daños no suelen ser de gravedad, el no recibir un tratamiento adecuado y oportuno, puede conllevar a que se compliquen. Lo que finalmente terminaría en lesiones más importantes que perjudiquen el estilo de vida del lesionado.
En este sentido, el correcto diagnóstico es sumamente importante al momento de reclamar una indemnización. Esto, debido a que en ocasiones las lesiones en la zona lumbar pueden complicarse y derivar en protrusiones lumbares, las cuales tienen indemnizaciones superiores. Este último caso tiene una valoración, en el baremo de accidentes, de hasta 15 puntos, mientras que una simple lumbalgia no llega siquiera a 5.
¿Quiénes son los que tienen derecho a una indemnización?
Los que tienen derecho a reclamar una indemnización por sufrir una lumbalgia postraumática o latigazo lumbar en un siniestro, son:
- El conductor del vehículo no responsable del accidente de tráfico.
- Los pasajeros u ocupantes de los vehículos involucrados en el accidente de tráfico. Esto, sin importar quien haya tenido la responsabilidad del siniestro.
- El peatón atropellado por un vehículo.
- El ciclista atropellado por un vehículo a motor.
Las indemnizaciones a reclamar abarcan no solo los daños físicos sufridos por el lesionado en el siniestro, si no también, los materiales. Igualmente, todos y cada uno de los gastos médicos que deriven de la atención sanitaria recibida por la víctima en un centro de salud, público o privado.
Por otra parte, conforme al ordenamiento jurídico vigente, la víctima lesionada será resarcida diariamente, esto es, desde la ocurrencia de las lesiones, hasta su total recuperación. Si al final del período curativo tiene secuelas, deberá ser igualmente indemnizada, y el monto a recibir se supeditará a la gravedad de las mismas.
¿Cuáles son los síntomas del latigazo lumbar?
Al sufrir un latigazo lumbar a raíz de un accidente de tráfico, se presentan diversos síntomas, los cuales son los siguientes:
- Múltiples espasmos musculares.
- Debilidad en el área de las piernas.
- Alteraciones en el equilibrio.
- Dolor que se ubica en la zona lumbar.
- Problemas para realizar algunos movimientos.
- Sensación de hormigueo en las extremidades inferiores.
El tratamiento más recomendado se basa en la administración de algunos fármacos antiinflamatorios y analgésicos, y en ejercicios de poca o mediana intensidad recomendados por un fisioterapeuta certificado.
Adicionalmente, para aliviar el dolor localizado en la zona lumbar, los fisioterapeutas especializados recomiendan la aplicación de hielo o calor en dicha área.
¿Por qué las aseguradoras tienden a pagar poco por una lumbalgia postraumática o latigazo lumbar?
Porque consideran que las mismas son lesiones leves, por lo que minimizan su importancia a tal punto que ofrecen sumas ínfimas por concepto de indemnización. Por ello resulta tan importante asesorarse con un abogado especialista en accidentes de tráfico, ya que éste buscará los medios idóneos para que la compensación sea justa.
Así mismo, el abogado especialista se asegurará de que el lesionado reciba el mejor tratamiento médico para su total recuperación. O en su defecto, hasta que las lesiones se estabilicen y evolucionen en secuelas.
A su vez, contar con un médico especialista en la valoración de los daños corporales es esencial, pues el mismo valorará de forme eficiente las secuelas del latigazo lumbar. Así como su impacto en la calidad de vida del lesionado. De este modo, la indemnización que recibirá la víctima por los daños sufridos en el accidente, será la más justa.
En definitiva, la víctima de un accidente no debe aceptar suma alguna por indemnización ofrecida por la aseguradora contraria, sin antes estar asistida por un abogado especialista. En especial, si aún no se encuentra totalmente recuperada de la lumbalgia postraumática. Pues dicha compañía de seguros querrá indemnizar por sumas muy bajas, apartándose de lo que realmente le correspondería recibir al lesionado.
¿Cómo se calcula la indemnización por una lumbalgia postraumática?
Con la entrada en vigor del baremo de accidentes de tráfico del año 2016, se implementaron unos requisitos esenciales para que el lesionado pueda reclamar una indemnización. Si por alguna razón no se cumplieran, y la víctima del siniestro sufre una lumbalgia postraumática en el mismo, perdería tal derecho.
Si una persona, tras sufrir un siniestro, no acudiera a urgencias en un plazo de 72 horas para que sus lesiones sean tratadas, no podría, en principio, reclamar una indemnización a la aseguradora.
Ahora bien, para el cálculo de las indemnizaciones correspondientes por este tipo de lesión, se debe tener presente el contenido del artículo 135 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. El cual reza lo siguiente:
“1. Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de causalidad genérica siguientes:
a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.
b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.
c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.
d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.
2. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza sólo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.
3. Los criterios previstos en los apartados anteriores se aplicarán a los demás traumatismos menores de la columna vertebral referidos en el baremo médico de secuelas”.
En este orden de ideas, una vez que se hayan cumplido tales requisitos, se deberá calcular la compensación computando tanto el tiempo de curación de la víctima lesionada. Así como las secuelas o incapacidades que se presentaron luego de que la misma haya recibido el alta médica. Para ello, se usarán las tablas de indemnización por accidentes del baremo.
Así mismo, la precitada ley protege en demasía a los lesionados que sufran una lumbalgia postraumática o latigazo lumbar en un accidente. Por ello mejoró las indemnizaciones a ser percibidas por las víctimas, ajustándolas a parámetros más actualizados y reales.
¿Qué necesito para reclamar una indemnización por lumbalgia postraumática tras un accidente?
Para que una reclamación de indemnización por lumbalgia postraumática prospere, se debe tener el informe médico que acredite tal lesión.
Si bien las dolencias ocurren unas horas después, el lesionado debe acudir de urgencias dentro de las 72 horas tras el accidente. Así mismo, las lesiones sufridas deben figurar en un informe médico antes de que trascurra dicho período de tiempo.
Por esta razón, resulta en extremo necesario que el lesionado, sin importar que apenas sienta un dolor, acuda a urgencias. De esta forma le harán todos los exámenes pertinentes que establezcan cuales fueron las lesiones sufridas en el siniestro.
Ahora bien, la lumbalgia postraumática puede ser grave o leve, y en muchas ocasiones sana en unos 2 o 3 meses con los tratamientos de rehabilitación apropiados. O en su defecto, puede empeorar de tal forma que produzca secuelas permanentes que afecten la calidad de vida del lesionado.
A este respecto, se deben realizar pruebas diagnósticas adicionales para corroborar la gravedad de las lesiones de la víctima. A través de las mismas, se puede determinar si existen, por ejemplo, hernias discales traumáticas o protrusiones tras el accidente, las cuales deben ser igualmente indemnizadas.
Preguntas frecuentes
Una vez abordado como ha sido el tema de la lumbalgia postraumática o latigazo lumbar, se colocarán en este apartado una serie de preguntas frecuentes al respecto. Las cuales tendrán sus debidas respuestas provenientes de los mejores profesionales del derecho especializados en indemnizaciones por accidentes de tráfico.
¿Puedo reclamar una indemnización por sufrir una lumbalgia postraumática tras un accidente de tráfico aun teniendo parte de la responsabilidad?
Sí, aunque haya tenido parte de la responsabilidad en el siniestro, puede reclamar una indemnización en caso de sufrir una lumbalgia postraumática. En dicho supuesto se manifiesta una concurrencia de culpas, con lo cual, ambas partes involucradas en el accidente son responsables.
La indemnización a reclamar, se basará en el porcentaje de culpa que haya tenido cada individuo en el accidente. De modo que las aseguradoras responderán por su asegurado por los daños físicos y materiales que haya ocasionado al contrario.
¿Es necesario un abogado especialista para reclamar una indemnización por una lumbalgia postraumática?
Sí, a pesar de que existen inescrupulosas compañías de seguro que afirman lo contrario, la asistencia jurídica de un abogado especialista es primordial en una reclamación de indemnización por una lumbalgia postraumática. Principalmente, porque éste velara por los intereses del lesionado, y procurará para reciba la mayor suma por el concepto antes mencionado.
En este orden de ideas, el abogado especializado se encargará de cumplir con todos los requisitos necesarios para realizar una reclamación eficiente. Los cuales, por desconocimiento del lesionado, podrían ser obviados y, por lo tanto, perdería su derecho a una indemnización por la lumbalgia postraumática sufrida en el accidente.
En conclusión, si una persona sufre una lumbalgia postraumática o latigazo lumbar tras un accidente, lo mejor que puede hacer es contratar a un abogado especialista. El cual, evidentemente, no tenga nada que ver con su propia compañía de seguros. Esto, porque los profesionales privados trabajan en beneficio de su cliente. Por lo que obtendrá para este una indemnización muy superior a la ofrecida por la aseguradora del responsable del siniestro.
Si soy el culpable del accidente de tráfico ¿Puedo reclamar una indemnización si sufro una lumbalgia postraumática?
No, si tiene la culpa exclusiva del accidente de tráfico, no podrá reclamar ninguna indemnización si sufrió una lumbalgia postraumática a consecuencia de este. Por el contrario, deberá hacerse responsable de los daños físicos y materiales acaecidos en el siniestro, por lo que su propia aseguradora deberá indemnizar a la víctima.
Si por algún motivo careciera de un seguro obligatoria de vehículos, deberá responder con su propio patrimonio por las consecuencias del accidente de tráfico causado.